Conforme al Capítulo III Art. 32 fracción I del Reglamento de Alumnos, la Universidad podrá autorizar la Baja Temporal voluntaria de sus alumnos cuando presenten esta petición por escrito durante los dos primeros meses de iniciado el ciclo escolar, mediante el Formato de Solicitud de Baja Temporal debidamente requisitado por el interesado y autorizado por el Coordinador del Programa Educativo.
La Baja Temporal aplica en los casos siguientes:
A solicitud de la persona interesada:
En el caso de un alumno o alumna reinscrita al periodo escolar vigente que decide y solicita interrumpir temporalmente sus estudios en el semestre en el que se encuentre.
De acuerdo al Reglamento de Alumnos de Licenciatura (Capítulo III Art. 32 al 34), el alumno tiene como límite dos años (sujeto a la vigencia del Plan de Estudios) para reincorporarse a la Universidad. Debiendo notificar su alta (Reingreso) ante la Dirección de Servicios Escolares a efecto de que se reactive su matrícula en el sistema y se encuentre en posibilidad de realizar su reinscripción.
A petición de la Unidad Académica:
Por inasistencia injustificada en un periodo ininterrumpido de diez o más días hábiles, conforme al Reglamento de Alumnos de Licenciatura Capítulo III Art. 33
Por sanción:
Se impone al alumno conforme al Reglamento de Alumnos de Licenciatura vigente Capítulo II Artículos 66 al 69 y es tramitada por la Unidad Académica.
Procedimiento:
A). A solicitud de la persona interesada:
- Ingresar al Portal de Alumnos con el correo institucional y seleccionar la opción del menú Solicitud de baja o acceder directamente al Módulo de Solicitud de Bajas en línea .
- Seleccionar el tipo de baja a solicitar.
- Llenar el formulario de solicitud de baja en línea y guardar.
- Descargar e imprimir el formato PDF de Solicitud de baja.
- Firmar la solicitud.
- Acudir a la Dirección de la Unidad Académica o Coordinación del Programa Educativo (PE) que corresponda para recabar las firmas de la persona titular de la Coordinación del Programa Educativo o de la persona titular de la Secretaría Académica de la Unidad Académica y el sello de la Unidad Académica o Coordinación del Programa Educativo.
Requisitos:
1. Solicitud de Baja Temporal.
2. Constancia de No Adeudo de Biblioteca (Solicítala en los CUID de Ciudad Universitaria y Campus Universitario de Tuxtla Gutiérrez o en servicios bibliotecarios de tu subsede).
3. Constancia de No Adeudo en Clínicas y/o Laboratorios, Ingredientes y/o Almacén.
Consideraciones:
- La solicitud del presente trámite deberá ingresar como máximo durante los 60 días posteriores al inicio del periodo escolar vigente.
- Al proceder esta solicitud del periodo escolar vigente, la Universidad omitirá temporalmente la aparición del alumno en las listas y actas oficiales.